Este no es el primer artículo sobre lesiones discales e incapacidad que escribimos. En esta ocasión, hablamos de la incapacidad laboral por hernia discal. Si el tema te interesa, ¡Sígueme!

¿Qué te explicamos en este artículo?

¿Qué son los discos intervertebrales?

Entre las vértebras se alojan unos discos cuya función es doble. Por un lado permiten el movimiento de la columna en toda su extensión y sin roce entre vértebras. Por otro lado, tienen una función de amortiguación ante impactos.

El paso del tiempo y la degeneración de los discos intervertebrales

Con el paso del tiempo, el propio envejecimiento y el desgaste de los discos, hacen que el núcleo pulposo se desgaste y pierda vigor. Hablamos de una artrosis vertebral que va surgiendo a partir de los 30 años. Por lo tanto, son muchos los factores que pueden acabar provocando una hernia discal.

¿Qué es la hernia discal?

La hernia discal es la protrusión del disco vertebral o dicho de otra forma, el desplazamiento de ese disco. Cuando esto sucede tenemos dos efectos indeseables. El primero es la parcial desprotección de las vértebras frente al desgaste causado por el roce entre vértebras. En segundo lugar, se produce una compresión de los nervios raquídeos, causando fuertes dolores e incluso impotencia funcional.

¿Qué grado de hernia discal tienes?

Antes de hablar de la incapacidad laboral por hernia discal en materia de hernias discales, podemos hablar de 5 grados en la gravedad de la hernia, a saber:

  1. Grado I: no déficit neurológico.
  2. Grado II: déficit de propiocepción.
  3. Grado III: parestesia ambulatoria.
  4. Grado IV: paresia no ambulatoria y signos de retención urinaria.
  5. Grado V: paresia no ambulatoria, retención urinaria y ausencia de sensibilidad profunda.

 

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Síntomas de la hernia discal

En función del grado de hernia discal, tendremos más o menos dolor e impotencia funcional. Mientras que en el grado I es casi imposible acceder a un incapacidad laboral, en el grado V es muy posible. Los síntomas que puede dar la hernia discal son, entre otros, los siguientes:

  1. Entumecimiento de la o las piernas si la hernia es lumbar o del brazo si es cervical.
  2. Sensación de calambres, cosquilleo, pérdida de sensibilidad, de fuerza o dolor en diferentes grados.
  3. Pérdida de reflejos así como alteración postural del cuerpo.

De ahí que los médicos indiquen que la gravedad de una hernia discal viene marcada por la incapacidad funcional. En materia de incapacidad laboral, esa gravedad también deberá tenerse en cuenta. De ahí que nuestro médico experto en negligencias médicas deba evaluar los informes médicos de nuestros clientes antes de proponer una determinado grado de incapacidad.

 

La incapacidad en grado de permanente

La incapacidad laboral por hernia discal puede adquirir el grado de permanente. Ahora bien, ¿Qué es eso de la incapacidad permanente? La incapacidad permanente es una situación administrativa en la que puede estar todo trabajador en determinadas circunstancias. Además, esa incapacidad permanente puede ser:

  1. Total para el trabajo habitual
  2. Absoluta para toda profesión
  3. Gran invalidez

Podemos hablar de incapacidad laboral cuando el trabajador padece una enfermedad o accidente, sean o no laborales, de más o menos gravedad pero graves en un sentido objetivo. Además y en contra de la creencia popular, también se puede acceder a la incapacidad permanente por padecer lesiones o enfermedades psíquicas.

Incapacidad permanente total

En ese contexto, si las dolencias e impedimentos funcionales no permiten al trabajador realizar las tareas fundamentales de su trabajo habitual, puede optar a una incapacidad permanente total.

En este caso, el trabajador podrá optar a otro empleo, a medida jornada o jornada completa. Ese empleo no puede requerir de realizar las mismas tareas que el trabajador hacia en el trabajo evaluado para conceder la incapacidad. En caso contrario, el INSS podrá revisar el grado de incapacidad.

El concepto de profesión habitual

En relación con este concepto, la incapacidad se mide en relación con la profesión habitual del trabajador (artículo 194.2 LGSS).

Tanto para la incapacidad permanente parcial y la absoluta, es necesario fijar el concepto de profesión habitual.

Cuando se trata de de enfermedad común, la profesión habitual será la desempeñada en los 12 meses anteriores al hecho causante.

Si se trata de accidente, laboral o no laboral, se considera profesión habitual a las labores realmente desarrolladas por el trabajador al momento de ocurrir el accidente.

Incapacidad permanente absoluta

Si la enfermedad o accidente de trabajo reducen más aún la capacidad laboral del trabajador, la incapacidad laboral por hernia discal será tributaria de incapacidad absoluta.

Gran invalidez

En aquellos casos en los que además, el trabajador necesite ayuda de terceras personas para realizar sus tareas básicas, optará a una gran invalidez. Será la necesidad de asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida cotidiana lo que determina su acceso.

En cualquiera de estos casos de incapacidad, la enfermedad o lesiones deberán ser permanentes y previsiblemente definitivas.

 

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Declaración directa de la incapacidad permanente en cualquier grado

No es necesario venir de una incapacidad temporal previa para que la incapacidad laboral por hernia discal permita optar a una incapacidad permanente. Así lo estableció el Tribunal Supremo en su sentencia de 16 de enero de 2001 al decir que:

«(…) hay realidades patológicas en que el estado de incapacidad permanente ha surgido de forma completa e irreversible, por lo que no es necesaria la previa y transitoria incapacidad (…)».

En resumen y atendida la gravedad y fijación de la enfermedad o secuelas derivadas de lesiones, puede declararse la incapacidad permanente sin pasar por la incapacidad temporal.

 

Suspensión del contrato de trabajo

Para que la declaración de incapacidad permanente suspenda el contrato de trabajo han de darse los siguientes requisitos:

  1. La incapacidad temporal previa, si la hay, debe extinguirse por haberse reconocido al trabajador una incapacidad permanente en los grados de total, absoluta o gran invalidez.
  2. Que sea previsible que las lesiones del trabajador, dentro de los 2 años siguientes a la fecha de declaración de la incapacidad, vayan a mejorar y permitan su futura reincorporación.
  3. Las dos circunstancias anteriores han de constar de forma expresa en la resolución administrativa o judicial que reconoce la incapacidad permanente.

La revisión del grado de incapacidad

Como ya te hemos señalado, la LGSS prevé la posibilidad de revisar el grado de incapacidad para revertir la incapacidad laboral por hernia discal. Son motivos para revisar la incapacidad permanente previamente concedida, los siguientes:

  1. Error en el diagnóstico
  2. Mejoría de la enfermedad o lesiones que dieron lugar a la declaración de incapacidad permanente por parte del INSS
  3.  Agravamiento de la enfermedad o lesiones que dieron lugar a la declaración de incapacidad permanente.

 

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Reconocimiento de la incapacidad permanente

El reconocimiento de la incapacidad permanente como incapacidad laboral por hernia discal, deberemos solicitarlo al INSS. Una vez reconocida, el INSS podrá instar su modificación en los casos descritos. Al efecto, deberá pasar por el Equipo  de Evaluación de Incapacidades, otrora conocido como «tribunal médico«.

Ante la solicitud de incapacidad presentada por el trabajador, pueden darse los siguientes escenarios:

Estimación de grado diferente: el trabajador puede interponer reclamación previa a la vía judicial ante el propio INSS

Denegación de cualquier grado: el trabajador podrá reclamar, previo recurso a la vía judicial, también ante el INSS.

En el caso de que el INSS no atienda nuestros recursos, deberemos recurrir a la jurisdicción social para defender la procedencia de lo reclamado ante el INSS.

Esperamos haber resuelto las dudas que te hayan podido surgir. En caso de no ser así, puedes ponerte en contacto con nosotros e intentaremos ayudarte a resolver tu caso.

Incapacidad laboral por hernia discal

8 pensamientos en “Incapacidad laboral por hernia discal

  • 27 de julio de 2021 a las 10:10
    Enlace permanente

    Buenos días, llevo desde diciembre dado de baja por una hernia discal en L5-S1, me ocurrió en el puesto de trabajo y no tengo ningún cuadro clínico anterior de lumbago ni ciatica. Mi baja fue dada por enfermedad común, con lo cual estado tirando del paro y no noto mejoría aunque estoy haciendo rehabilitación. Desde que me pasó la mutua ha ido pasando sin darme ningún procedimiento, es decir, no me han tratado cada vez que iba a revisión el médico de la mutua me proponía para el alta. Que solución tengo. Gracias por su tiempo.

  • 3 de agosto de 2021 a las 10:39
    Enlace permanente

    Lo mismo me ha sucedido a mi,al final me
    Maldieron el alta ,ahora estoy de baja por enfermedad común cobrando una mierda y sin poder desarrollar actividades de ningún tipo con unos Dolores horribles.

    • 3 de agosto de 2021 a las 15:37
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      Buenas tardes Félix. En primer lugar indicarte que lamentamos tu situación. En otro orden de cosas, no es lo mismo una recaída de una baja por contingencia profesional que una baja por contingencia común. Si no estás de acuerdo con la contingencia de tu baja médica, puedes accionar solicitando el cambio de contingencia. Además y en función de tu estado de salud y cotizaciones a la seguridad social, aún estando de baja por enfermedad común puedes intentar optar a una incapacidad permanente total o absoluto (por lo que nos comentas descartamos la posibilidad de acceder a una gran invalidez), en función de la gravedad de tu situación.

      Esperamos haber arrojado algo de luz a tus dudas. Un saludo

      • 15 de diciembre de 2021 a las 14:07
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        Muchas gracias,esta solicitado el cambio de contingencias,
        Ya está tardando ,
        Entre el alta resuelto por el inss,tras la reclamación y la nueva baja paso un mes,previa revisión por una supervisora del inss,no autorizaba a la médico de familia, lo tenía bloqueado.
        Una gran labor la médico de familia, que defendió una situación injusta y aberrante.

  • 16 de septiembre de 2021 a las 09:51
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    Hola tengo una hernia l5s1 me an operado pero sigo con la pierna dormida y no aguanto en la misma postura. Me ocurrió mientras trabajaba ya que soy tele operadora pero mi baja es enfermedad común. Quería saber que es lo que tengo que hacer si no recupero

  • 20 de marzo de 2022 a las 15:42
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    Tengo una hernia discal u tengo adormecimiento en la pierna que me produce mucho dolor que no me deja caminar

    Soy docente
    Puedo pedir la incapacidad laboral laboral?

  • 24 de marzo de 2022 a las 02:14
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    Hola..tengo varias hernias l5s1 .abombamiento astrodesis ..desplazamiento de nervios ..me ocurrió trabajando ..todos los días tirando de Kangoo y cambios de andamios..tengo dos tacos con diferencia de 18 meses y la maleza es muy superior..el ins me a dado contingencia común..sigo de baja..vale la pena acudir al juzgado?

  • 10 de abril de 2022 a las 20:14
    Enlace permanente

    Hola tengo hernias en l4 l5 s1, en el trabajo me paso y hize un esfuerzo, a raiz de ahi vengo arrastrando dolores descomunales, tromadol,50/100, diazepan, triptizol, perdida de orina, me caigo a veces pierdo equilibrio, no me he operado ni e ido a mutua, si me pasa nuevamente cogiendo esfuerzo en el trabajo seria deterioro debido a el esfuerzo continuado del trabajo?¿ eso si, tampoco me he cogido bajas si cogiendo esfuerzo me hago daño pueso ir a la mutua. Tengo 16 años xotizados, tengo 36 años, no tengo ni una baja ni una falta laboral soy indefinida y mi trabajo siempre requiere esfuerzo soy auxiliar clinico.

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