Con las crisis económicas, las empresas buscan más formas de controlar al personal contratado y los detectives hacen el agosto mediante seguimientos a trabajadores dados de baja temporal. En otra ocasión hablamos de depresión e incapacidad. Hoy hablamos, para bien y para mal, de la baja por depresión fingida.

 

¿Qué te explicamos en este artículo?

La depresión

La depresión es una enfermedad mental o trastorno emocional tan antiguo como la propia existencia del ser humano, que cursa con un profundo sentimiento de desazón y tristeza aunado a una pérdida de interés general. En el argot médico, la depresión se conoce como trastorno depresivo mayor o bien como depresión clínica. Afecta de forma más o menos incapacitante a la psique y es una de las enfermedades más recurrentes en nuestros tiempos.

 

Baja por depresión y síntomas

Los síntomas de una baja por depresión suelen ser la tristeza, la apatía, la irritabilidad, la falta o disminución de la concentración o la falta de energía, entre otros. En esas circunstancias resulta difícil realizar cualquier tipo de trabajo, pues nos hallamos ante un cuadro clínico que afecta tanto a las capacidades físicos como a las volitivas.

Evidentemente, no es necesario que se den todos esos síntomas a la vez. De hecho, no siempre es así. Ahora bien, ante la existencia y persistencia de 2 o más de estos síntomas, conviene replantearse la posibilidad de acudir al médico de cabecera.

 

¿Hay picaresca en la baja por depresión?

Como regla general, en este despacho tenemos por norma creer lo que nuestros clientes nos cuentan. Además, nuestra practica diaria nos demuestra que en la práctica totalidad de los casos, el trabajador que acude al médico y obtiene una baja por depresión está realmente afectado por dicho trastorno.

Existe mucha literatura psuedocientífica para intentar «demostrar» esa picaresta de la que hablan mutuas laborales y algunos detectives privados. Así, cuestiones como la reiteración de bajas o un malestar previo en la empresa suelen servir de acicate para justificar una baja por depresión fingida. Parece ser que las recaídas no existen más que en los trastornos psicológicos o que una grave situación de acoso laboral no pueden redundar en un trastorno mental. ¡Qué barbaridades!

Cuestión diferente es que la empresa consiga demostrar, mediante informes bien elaborados que contengan vídeos, fotografías y /o audios, que un trabajador causa baja laboral por depresión fingida. En esos casos, escasos en relación al número total de bajas médicas por algún tipo de enfermedad o trastorno mental, deben ser debidamente demostrados por la propia empresa o la mutua.

No podemos afirmar que por el hecho de que una minoría finja un trastorno depresivo, todo el mundo lo haga. En aquellos concretos casos en los que la baja derivad de una depresión fingida, debe acatarse esa situación con firmeza. Cuando una persona está de baja sin motivo, aquella situación afecta no sólo a la empresa o la mutua, sino también y en determinadas ocasiones nos afecta a todos. Recordad que en bajas por contingencia común, lo normal es que sea el INSS (es decir, todos quienes estamos en alta laboral) quien abone la prestación.

 

La prueba del fingimiento

En la mayoría de ocasiones, empresas y mutuas laborales recurren a los servicios de un detective para demostrar la picaresca. La prueba consistente en un informe de un detective privado está fuera de toda duda [1]. Ahora bien, no todo informe de un detective, que será una prueba documental que podrá o no acompañarse de la testifical del detective, será válido como prueba. ¿Por qué? Porqué los informes de detectives han de cumplir con una serie de requisitos. En caso contrario, pueden perder todo su valor probatorio.

Entre otras cuestiones, tal vez el requisito más importante sea la existencia de sospechas fundadas para contratar al detective privado.  Al efecto conviene traer a colación lo expuesto por el Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz de Tenerife en su sentencia 232/2017 de 27 de marzo. En la misma y tras analizar una carta de despido mal redactada motivado por unas grabaciones hechas por el detective, el Tribunal señala que:

«(…) para que pueda entrar en juego el juicio de proporcionalidad, necesario para determinar si es lícita o no la medida de videovigilancia secreta, no se puede considerar suficiente una mera afirmación apodíctica de que existían sospechas fundadas de estar el trabajador cometiendo una infracción grave, sin explicar cuales eran esas precisas sospechas. Es necesario que esas sospechas respondan a hechos concretos que permitan a un observador imparcial, concluir, de forma indiciaria pero razonable, que se puede estar cometiendo una infracción de gravedad, y no solo eso, sino además que el responsable de esa infracción es seguramente el trabajador concreto investigado (…)».

Como ves, no todo informe pericial o actuación de un detective privado sirve como prueba para defender tu despido. De ahí que ante un despido injusto, debas recurrir a abogados especializados para encontrar la mejor defensa posible. Sólo así tendrás garantías de poder defender tus derechos de forma exitosa.

 

 

[1] Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Sentencia 276/2018 de 16 de mayo. Recurso 238/2018

Baja por depresión fingida y prueba por detectives
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Un pensamiento en “Baja por depresión fingida y prueba por detectives

  • 4 de agosto de 2022 a las 19:15
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    Por fin leo un articulo en el que se especifica tan bien la labor del detective con sus pros y sus contras. Me ha encantado ver la referencia que haces a la sentencia 232/2017 de 27 de marzo. Estoy arto de encontrarme con empresarios que quieren despedir a alguien y recurren a nosotros como si fuéramos una herramienta a la que manejar e intentar forzar para consigamos las pruebas sea como sea, sin tener en cuenta los derechos de los trabajadores y la proporcionalidad de nuestra actuación. Claro que somos necesarios en los casos de fraude, pero no todos los trabajadores cogen la baja para engañar a la empresa. Más empresarios deberían leerse este post.

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