En esta entrada vamos a explicarte de forma sencilla qué es el régimen de visitas. No sólo eso, también hablaremos de qué sucede ante su incumplimiento del régimen de visitas por uno de los progenitores. Si el tema te interesa, ¡Sígueme!

¿Qué te explicamos en este artículo?

Régimen de visitas

El régimen de visitas se acuerdo por el Juez en casos de divorcio con hijos. En ese sentido, al progenitor al que no se le atribuye la custodia de los menores, se le concede un régimen de visitas. Valga decir que desde Tot Dret Advocats, apostamos decididamente por la guarda y custodia compartida. Pese a ello, aún hay muchos casos en los que los tribunales no las conceden.

Ese régimen de visitas implica que el progenitor que no tiene la guarda podrá visitar a sus hijos y comunicarse con ellos y tenerlos en su compañía. ¿Cuánto tiempo? El que se fije en la sentencia de divorcio.

Finalidad del régimen de visitas

El régimen de visitas pretende que el progenitor no custodio no pierda el contacto con sus hijos. Debemos recordar que el artículo 9 de la Convención de Derechos del Niño ya recoge el derecho de los hijos a estar con ambos progenitores. Se ahí que apartarlo de uno de ellos no puede ser una decisión arbitraria.

Incumplimiento del régimen de visitas

En ocasiones, el progenitor que tiene el derecho-deber del régimen de visitas, lo incumple. Así, el vínculo afectivo que el régimen pretende promover y facilitar, se va deteriorando con el paso del tiempo de ese incumplimiento. En otras ocasiones, es el progenitor que tiene la custodia quien dificulta su cumplimiento. En la mayoría de ocasiones, es la madre la que se comporta de tan execrable forma.

Los incumplimientos suelen deberse a motivos peregrinos e injustificados. Son ejemplos de justificación del incumplimiento olvidarse de su cumplimiento o llegar tarde a la recogida del hijo. En otras ocasiones, el incumplimiento se debe a la conducta del progenitor custodio. No entregar al hijo común es la más frecuente. Indicar que el niño o niña están malos o no quieren ver al progenitor no custodio es otra excusa para el incumplimiento del régimen de visitas.

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Motivos que alude el progenitor custodio para evitar el cumplimiento

Ya hemos dicho que en no pocas ocasiones, es el progenitor custodio quien impide el cumplimiento del régimen de visitas. Esa obstrucción al cumplimiento puede deberse al hecho que el progenitor no abona la pensión de alimentos. Así, el niño o niña se convierte en elemento de chantaje, cosificándole injustamente. La nueva pareja del progenitor no custodio también suele ser excusa para que el progenitor custodio niegue la entrega del hijo común.

Sin duda alguna, hablamos de casos de alta conflictividad entre progenitores. Ahora bien, esa conflictividad puede ser promovida por ambos progenitores o bien por uno sólo. En muchas ocasiones, el progenitor custodio finge o promueve esa conflictividad.

 

Qué hacer ante el incumplimiento

Ante el incumplimiento del régimen de visitas, conviene intentar llegar a un acuerdo con el otro progenitor. Habrá casos de alta conflictividad en los que eso no sea posible. Ahora bien, partiendo de la necesidad de velar por el interés superior de vuestros hijos, vale la pena hacer el esfuerzo.

El acuerdo temporal

En caso de llegar a un acuerdo temporal, siempre es bueno reflejarlo en un documento. En nuestro despacho hemos redactado varios y podemos ayudarte con ese trámite. Con ese documento, ninguna de las partes podrá decir que no consintió al mismo. No aconsejamos que la modificación del régimen de visitas, pese a ser temporal, sea sólo verbal.

El acuerdo definitivo

Si el acuerdo al que llegan los progenitores es definitivo y afecta al régimen de visitas, es necesario interponer una demanda de modificación de medidas. Debe instarse ese procedimiento judicial pues necesitamos que el Juez homologue ese acuerdo. Recuerda además que en ese caso, siempre intervendrá el Ministerio Fiscal.

La gravedad del incumplimiento

Si no conseguimos establecer un acuerdo, tocará ver si el carácter del incumplimiento es duradero o bien es puntual. Para ello tenemos que ver si el incumplimiento es continuado o bien ha sido esporádico. Sólo en caso de que ese incumplimiento perdure en el tiempo, podremos iniciar acciones legales contra el progenitor que incumple.

En caso de incumplimiento duradero, deberemos requerir a ese progenitor de forma fehaciente mediante burofax para que cumpla con el contenido de la sentencia y el convenio regulador que se aprobó en su momento.

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La obtención de pruebas del incumplimiento

Otro paso a tener en cuenta es recopilar pruebas del incumplimiento. La acreditación del incumplimiento puede hacerse a través de mensajes enviados o recibidos por correo electrónico, whatsapp, testigos o conversaciones telefónicas. El progenitor que deberá probar la existencia del incumplimiento es el progenitor que lo alega. Es por eso que conviene guardar las conversaciones tenidas con el progenitor que incumple. De otra manera, será casi imposible probar el incumplimiento del régimen de visitas.

La demanda de ejecución de sentencia  o de convenio regulador

Esta demanda hay que presentarla en el Juzgado si el incumplimiento es reiterado. El progenitor afectado por el incumplimiento debe presentar una demanda de ejecución de sentencia o bien de convenio regulador.

Para presentar esa demanda, es necesario Abogado y Procurador. Es recomendable que ese abogado sea especialista en derecho de familia, como nuestros abogados. Puedes comprobarlo consultando aquí por el nombre de nuestro Abogado Fernando Herrera.

Una vez admitida a trámite la demanda, el Juez o Jueza va a requerir al progenitor que provoca el incumplimiento del régimen de visitas para que se avenga a actuar de acuerdo a lo fijado en la sentencia o convenio regulador.

La posibilidad de imponer multas

Si el progenitor que causa el incumplimiento continuado del régimen de visitas sigue sin cumplir, le podrá imponer multas coercitivas mensuales. La Ley no indica de qué importe deben ser esas multas. Las fija el Juez y la verdad es que resulta difícil que el Juez imponga multas por este motivo. Sobre todo si la imposición de esa multa compromete la pensión de alimentos en favor del hijo común.

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Ineficacia de las multas

Si las multas impuestas no reconducen la actitud del progenitor que causa el incumplimiento del régimen de visitas, ¿entonces qué pasa? El Juez podrá modificar el régimen de visitas previamente establecido. Además y si el incumplimiento es reiterado en el tiempo y queda así probado, el progenitor que causa el incumplimiento del régimen de visitas puede incurrir en el delito del artículo 556 del Código Penal.

Para poder incurrir en delito, deberemos haber efectuado el requerimiento del que te hemos hablado. De lo contrario, no podremos llevar al progenitor que causa el incumplimiento del régimen de visitas ante el Juzgado de lo Penal. Esto es así pues el incumplimiento del régimen de visitas se despenalizó el año 2015 con la reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 1/2015.

El recurso al Punto de Encuentro Familiar

En otra ocasión ya te hablamos del Punto de Encuentro Familiar.  A grandes rasgos es un servicio público que pretende promover y favorecer las relaciones entre hijos y progenitores en aquellos casos más conflictivos. Si no se venía utilizando y en casos de alta conflictividad, cualquier progenitor puede solicitar la entrega del niño o niña a través de ese servicio. Para ello, hay que solicitarlo al Juez que conoce de nuestros asunto de divorcio o separación.

Esperamos que con este artículo, tengas ahora las cosas más claras. En asuntos de familia, lo primero es intentar llegar a acuerdos duraderos. Sólo en aquellos casos en los que resulta imposible, debemos recurrir a la vía judicial. Aún así, cuando es necesario es una opción que no podemos eludir. Si necesitas más asesoramiento, puedes ponerte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.

 

Incumplimiento del régimen de visitas. Qué es y qué sucede