Divorcio y dinero en cuentas comunes. En esta ocasión, hablamos acerca de qué pasa con ese dinero durante el divorcio. Si el tema te interesa, ¡Sígueme!

En una entrada anterior, ya estuvimos hablando del divorcio y los problemas con las cuentas comunes y el reparto del dinero. En esta ocasión volvemos a hablar sobre el mismo tema, pues el Tribunal Supremo ha realizado un pronunciamiento reciente y muy interesante al respecto.

¿Qué te explicamos en este artículo?

Retirada de dinero de cuentas comunes durante el divorcio

El Tribunal Supremo viene a decirnos, en una sentencia reciente, que hablando de divorcio y dinero en cuentas comunes, el progenitor a cargo de los hijos no puede disponer de las cuentas bancarias comunes como norma general. ¿Nunca? No hasta que se produzca la disolución oficial de la sociedad de gananciales.

¿Existe alguna excepción? Sí, que el progenitor que hace uso de las cuentas comunes, pueda acreditar que el dinero extraído de dichas cuentas fue destinado a satisfacer cargas familiares (ropa a comida para los hijos, pago de suministros, etcétera).

 

Ejercicio abusivo del derecho

Nuestro Tribunal Supremo entiende que el progenitor que extrae dinero de las cuentas comunes sin el fin antes señalado, realizado un ejercicio abusivo de su derecho. Es decir, actúan de forma contraria a la buena fe si el destino del dinero es para fines personales. Es decir, un progenitor no puede retirar dinero de esas cuentas comunes para comprarse un coche, ropa y demás cosas para él o ella.

 

Disolución del régimen económico matrimonial

La disolución del régimen de gananciales se produce con la sentencia de divorcio, no antes. Después de la disolución, deberá liquidarse la sociedad y ahí deberemos realizar un inventario de bienes y derechos que forman la masa activa de la sociedad. Por otro lado, deberemos computar deudas y cargas de la sociedad, constituyendo éstas la masa pasiva de la sociedad. En ese contexto y hablando de divorcio y cuentas comunes, el dinero de las cuentas comunes, si no es que se destina a cargas familiares, deberá permanecer en dichas cuentas hasta el momento de la liquidación de la sociedad de gananciales, a no ser que los cónyuges pacte algo diferente. Dicho pacto debería constar por escrito para poder dejar constancia fehaciente del mismo.

Al respecto, el Tribunal Supremo es claro al afirmar que lo que no puede hacer un cónyuge es retener o quedarse determinadas cantidades de dinero ganancial, de las que dispuso antes de la disolución del régimen.

Obligación de devolver el dinero de las cuentas comunes

Debes saber también que si retiras dinero de las cuentas comunes durante el divorcio, es muy probable que el Juzgado te obligue a reintegrarlas. No se trata de dinero tuyo o del otro cónyuge, sino de la sociedad de gananciales. De ahí que no puedes disponer de él a tu antojo. A ello nos lleva el redactado del artículo 1390 del Código Civil.

Si tú o tu actual mujer ha retirado dinero de cuentas comunes y no sabes qué hacer, necesitas ayuda de abogados especializados en derecho de familia. Podemos ayudarte tanto en ese asunto como en otros relacionados con tu divorcio. Si el artículo te ha resultado interesante, te pedimos que lo compartas con más personas. Te esperamos en la siguiente entrada.

Divorcio y dinero en cuentas comunes