En otras ocasiones te hemos hablado de negligencias médicas y de lex artis y responsabilidad civil médica. En esta ocasión te hablamos de daños médicos por errores quirúrgicos. Si el tema te interesa, ¡Sígueme!
Lo hablamos en multitud de ocasiones con nuestro perito médico, el doctor David Herrera. La casuística es enorme pero lo cierto es que en determinadas ocasiones y por muchos factores, existen daños por errores quirúrgicos que son indemnizables. Es por eso que nos decidimos a hacer esta entrada, para darte la mayor y mejor información posible.
¿Qué te explicamos en este artículo?
¿Qué es un error quirúrgico?
Hablamos de error quirúrgico cuando para designar una negligencia o mala praxis antes, durante o después de la operación. La medicina es una profesión que salvo contadas ocasiones es de medios, no de resultados. Ahora bien, eso no quiere decir que el médico no deba regirse por una serie de normas y reglas en su proceder.
Cuando el personal médico se equivoca en el diagnóstico, por ejemplo, que deriva en la extirpación de un apéndice sano, se comete un error quirúrgico. Lo mismo sucede si durante una operación, se perfora la pleura. No hablamos de que la operación no consigue los resultados perseguidos, sino del hecho que la operación no sale bien por algún error en alguna de las fases que componen el proceso de una intervención quirúrgica.
Daños por errores quirúrgicos
En esta ocasión hablamos de los daños causados por el personal sanitario en una intervención quirúrgica. Está claro que el riesgo 0 no existe en ninguna operación. Ahora bien, lo cierto es que en determinadas ocasiones, los daños derivan de errores quirúrgicos. Hablamos de impericia del facultativo médico, de mala praxis o directamente de negligencias médicas. Al hablar de facultativos médicos, nos referimos a personal médico, desde el auxiliar de enfermería hasta el cirujano, pasando por el anestesista.
Esos daños puede derivar del uso de una mala técnica quirúrgica en una operación. Puede derivar de un tratamiento deficiente de las complicaciones que pueden darse después de la operación. También pueden darse errores de bulto e inconcebibles, como operar la pierna equivocada.
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El formulario de consentimiento informado
Antes de someterse a un operación, el personal médico nos hará firmar un formulario de consentimiento informado. En ese formulario se contendrán los posibles riesgos de la intervención. Ahora bien, ese consentimiento no permite que el médico se equivoque ni le exime, por ello, de su responsabilidad.
Es decir, el hecho de que el paciente firme el consentimiento antes de una operación, no implica que deba asumir las consecuencias de una mala praxis o negligencia médica. En esos casos y antes de demandar o denunciar, deberemos contar con la ayuda de un informe pericial o pericia médica que avale la existencia de la mala praxis.
A modo de ejemplo, el consentimiento informado no exime de responsabilidad al médico que realiza una transfusión de sangre del grupo sanguíneo equivocado. Como decimos en el despacho, el consentimiento informado no lo aguanta todo y cuando el personal médico se equivoca, ha de responder de los daños causados al paciente.
Es por todo lo que te comentamos que cuando no se nos informa de todos los riesgos asociados a nuestra intervención quirúrgica, no podemos esperar unos determinados resultados negativos. En esos casos, también, tenemos una mala praxis o negligencia médica indemnizable si se nos causa un daño.
El consentimiento informado no exime de responsabilidad médica
Si damos vueltas al asunto del consentimiento informado es por lo siguiente. Como nos comenta nuestro perito médico, es habitual que el personal médico entienda que si se informó de los riesgos de una operación, están exentos de responsabilidad. Craso error. Como vienen señalando diferentes tribunales,
«No puede admitirse que la existencia de consentimiento informado eximan al médico de una responsabilidad basada en su mala praxis o negligencia médica, de forma que el cumplimiento de las exigencias del consentimiento informado no vale como argumento para desviar la responsabilidad, sea penal civil o contenciosa, de una mala praxis«.
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Supuestos de responsabilidad por daños quirúrgicos
Vamos a presentar una serie de supuestos de daños quirúrgicos que, derivando de una mala praxis o negligencia médica, son resarcibles. Uno de los actos más frecuentes en una operación es el hecho de dejar dentro del cuerpo del paciente, material quirúrgico. El objeto estrella son las gasas, pero hemos visto casos en los que el personal médico ha olvidado hasta bisturís.
En otras ocasiones, hablamos de intervenciones quirúrgicas hechas previas indicaciones erróneas. El caso típico es del operar el miembro o extremidad sano (el que no tocaba).
También hablamos de daños por errores quirúrgicos cuando se opera en un campo no esterilizado y la paciente resulta infectada por algún virus o bacteria. Has de tener cuenta que antes de operar, el quirófano ha de estar perfectamente esterilizado para evitar que la operación salga bien pero acabes con alguna sepsis mortal.
La reclamación por daños y perjuicios
En aquellos casos en los que la intervención quirúrgica sale mal y nos causan daños, podemos reclamar. En función de la negligencia y el lugar en el que nos operemos, podremos acudir a la vía penal, la civil o la contencioso-administrativa. Es decir, los daños por errores quirúrgicos son indemnizables. La base sobre la que calcular la posible indemnización, la tendremos acudiendo al baremo que contiene la Ley 35/2015 de 22 de septiembre. Pese a ser un baremo creado en el ámbito de los accidentes de circulación, es ampliamente utilizado en todo tipo de reclamaciones en las que ha de realizarse una valoración del daño corporal.
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