En una entrada anterior estuvimos hablando de la incapacidad permanente. También te hemos contado si el INSS puede quitarte una incapacidad permanente previamente concedida. Hoy te contamos que evalúa el Tribunal Médico para una pensión de incapacidad permanente. Si el tema te interesa, ¡Sígueme!

Si vas a solicitar una incapacidad, te interesa saber qué valora el Equipo de Incapacidades del INSS, también conocido coloquialmente como «tribunal médico«, en atención a sus facultades. A continuación te indicamos qué tiene en cuenta el tribunal a la hora de establecer si en tu situación, puedes acceder a una incapacidad permanente.

¿Qué te explicamos en este artículo?

Sector en el que trabajas

Para evaluar si puedes acceder una pensión de incapacidad permanente, el tribunal médica ha de saber en qué empresa trabajas. Así, sabrá a qué sector te dedicas profesionalmente. Estoy es muy importante. Como ya hemos dicho en otras ocasiones, lo que determina el tribunal médico es si en tu estado de salud actual, puedes: a) seguir trabajando en tu empresa actual o b) si en tu estado, puedes trabajar en algún otro sector.

Qué motiva la incapacidad permanente

Otro punto a tener en cuenta por el tribunal médico, es el motivo por el que quieres acceder a la incapacidad permanente. Puedes acceder desde una contingencia común, una enfermedad profesional o un accidente, laboral o no laboral. Y es que en función del tipo de contingencia, los requisitos y el importe a percibir por esta prestación serán diferentes.

Incapacidad temporal

Otro aspecto a considerar por el tribunal médico es la fecha de la baja por incapacidad permanente. No es necesario estar en situación de IT o incapacidad permanente para solicitar la incapacidad permanente. Ahora bien, suele ser que quien solicita la incapacidad permanente, se encuentra en situación de IT.

Conviene saber esta situación pues se tiene en consideración a efectos de determinar cuestiones importantes de una eventual pensión de incapacidad permanente. Por ejemplo, me refiero a cuál deba ser la fecha de efectos económicos de la pensión, entre otros.

Alta o situación asimilada

Debes saber que para acceder a una incapacidad permanente, has de estar en situación de alta o en situación asimilada al alta. En otras palabras, o estás trabajando al solicitar la incapacidad, o bien estás cotizando a la Seguridad Social aunque estés de baja. Cuando hablamos de situación asimilada al alta, lo hacemos de situaciones que a efectos administrativos, se considera a un alta en la Seguridad Social. Es el caso, por ejemplo, de la situación de desempleo involuntario.

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Limitaciones orgánicas y funcionales

Entramos en los aspectos más importantes. El Tribunal médico, a efectos de conceder una incapacidad permanente (o no), valora tus limitaciones orgánicas y funcionales. Si tu estado de salud no te permite volver a tu trabajo, es posible que se te conceda una incapacidad permanente total para tu profesión habitual. De ahí que el tribunal médico deba saber, también, en qué sector ejerces tu trabajo. Es el caso, por ejemplo, del paleta que por una operación en el hombro, ha perdido casi toda su movilidad. También es el caso, por ejemplo, del vigilante de seguridad que ha perdido toda su audición por el motivo que sea.

¿Qué te miran en el tribunal médico?

Si te preguntas que te miran en el tribunal médico, eso dependerá del estado de salud que presentes, de tus informes médicos. De ahí que sea necesario acudir una perito médico que pueda ayudarte a maximizar las opciones de superar el tribunal. En nuestro despacho, contamos con la colaboración del perito médico David Herrera Salgado, quien podrá ayudarte a preparar el tribunal médico.

Por ejemplo y si pides la incapacidad permanente total por patologías en la espalda, ese será el punto en el que el tribunal médico se centrará. Es decir, el tribunal médico se centrará en evaluar las limitaciones que como trabajador, expongas al momento de solicitar la incapacidad permanente.

¿Cómo se determina el grado de incapacidad permanente?

Para evaluar el grado de incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez), el tribunal médico se basa en los siguientes criterios:

  1. Qué efectos tienen tus lesiones, dolencias y patologías, en relación con las tareas que realizas en tu trabajo. Desde esa perspectiva, el tribunal contrasta tus impedimentos funcionales en relación con la posibilidad de realizar esas tareas. Si las limitaciones funcionales son muy extensas, te acercarás a la incapacidad permanente absoluta o hasta a la gran invalidez.
  2. Conjunto de dolencias que presentes ante el tribunal médico. En función de esas dolencias y de su gravedad, tendrás más opciones de acceder a algún grado de incapacidad permanente.
  3. Posible mejora o corrección de tu estado de salud. Si tus limitaciones funcionales son reversibles, es más difícil que no te permitan acceder a ningún tipo de incapacidad permanente. De hecho y alcanzados los 365 días de incapacidad temporal, es posible que tu baja se prorrogue hasta los 545 días si el tribunal prevé mejoría de tu estado de salud. Incluso es posible que el tribunal médico, una vez concedida la incapacidad permanente, revise tu estado a petición del INSS. Si tu situación física y psíquica ha mejorad, es posible incluso que se suprima esa incapacidad.

Como ves, dependerá de tu concreto estado y tus particulares circunstancias, que puedas acceder a una incapacidad permanente. De ahí que sea necesario que consultes con abogados y peritos médicos de confianza. Ellos tienen más experiencia y pueden orientarte para maximizar las posibilidades de acceder a una incapacidad permanente.

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Cómo se determina el grado de incapacidad permanente

A la hora de proponer un grado u otro de incapacidad permanente, lo que el Tribunal Médico valora realmente son una serie de criterios claves:

  1. Los efectos que tiene la lesión o enfermedad sobre el empleo que realiza el trabajador. Los examinadores se centran principalmente en contrastar el déficit funcional que genera en el trabajador. Además, deben analizar si la limitación solo afecta a un tipo de empleo o se extiende a todo tipo de trabajo.
  2. El conjunto de dolencias que presenta el paciente. Este aspecto es fundamental para establecer el grado de incapacidad permanente a acreditar.
  3. La posibilidad de corrección, que incidiría positivamente sobre la capacidad para el trabajo.

Además, el Tribunal Médico también tiene en cuenta una serie de criterios orientativos para decidir el grado de incapacidad permanente a reconocer en el trabajador.

Capacidad residual de trabajo

En la valoración, el Equipo de Incapacidades de la Seguridad Social ha de responder a esta pregunta. ¿Qué capacidad de trabajo tiene el solicitante de prestación de incapacidad permanente, atendidas sus secuelas y limitaciones orgánicas y funcionales? Es decir, qué alcance tienen en el solicitante, sus patologías, enfermedades y secuelas.

A la pregunta de qué evalúa el Tribunal Médico para una pensión de incapacidad permanente, respondemos lo siguiente: la capacidad de cargar peso del solicitante, la capacidad de poder estar de pie o sentado durante largo tiempo, las dolencias o patologías que le impidan realizar las actividades básicas de su trabajo, la preservación de sus sentidos, etcétera.

¿Qué incapacidades son revisables?

Has de saber que toda incapacidad permanente es susceptible de ser revisada cuando hay mejoría en el beneficiario de la prestación. En otras palabras, el INSS puede quitarte una incapacidad permanente por haber mejorado o sanado de tus dolencias, secuelas o patologías.

Por lo tanto, toda prestación por incapacidad permanente puede ser revisada y revocada si dentro de los 2 años siguientes a su concesión, tus dolencias y patologías han mejorado o incluso sanado. Como norma general y si existe la posibilidad de mejoría, en la misma resolución que te concede la incapacidad, suele venir la fecha de revisión.

Conclusiones

 Qué evalúa el Tribunal Médico para una pensión de incapacidad permanente depende de cada caso. En función de las dolencias, lesiones y secuelas que alegues, el tribunal médico se centrará en un aspecto u otro de tu salud. Además, tendrá en cuenta a qué te dedicas, pues deberá evaluar si puedes seguir trabajando allí o debe señalar que en tu estado, no puedes volver a trabajar. Si tu estado de salud es muy precario, es posible que accedas a una incapacidad permanente absoluto o incluso una gran invalidez.

Cada caso es un mundo. De ahí que lo más que puedes hacer es rodearte de los mejores abogados y peritos médicos. Nuestra experiencia nos permitirá maximizar tus posibilidades de acceder a una incapacidad permanente. ¿Quieres acceder a una incapacidad permanente? Contacta con nosotros y te diremos si es posible en tu caso.

 

 

 

Qué evalúa el Tribunal Médico para una pensión de incapacidad permanente